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A legislar para ampliar las opciones de vacunación

En un ambiente de libre mercado es normal que los productos de distintas industrias y empresas se traslapen. El gobierno de Puerto Rico en ocasiones interviene para limitar la libertad económica que eso implica. Un ejemplo es la Ley de Farmacias, que limita los servicios para vacunar a menores de edad en las farmacias.

El referido estatuto permite que los farmacéuticos vacunen a pacientes de 12 años en adelante. Sin embargo, como resultado de reglamentaciones tanto locales como federales, se ha ampliado la autorización a los farmacéuticos. Por ello, la Ley de Farmacias de Puerto Rico ha quedado obsoleta.

Durante unos siete años previos a la pandemia del COVID-19, el Departamento de Salud emitía una Orden Administrativa para la temporada de influenza (agosto-abril), autorizando a los farmacéuticos a vacunar a pacientes de siete años en adelante.

Anteriormente, las opciones para realizar la vacunación de menores de edad en la isla se limitaban a las oficinas de los pediatras (pocos de los cuales ofrecían este servicio) y los centros de vacunación. La disponibilidad de vacunas en las farmacias abrió la posibilidad de hasta 1000 centros de vacunaciones adicionales, si todas las farmacias optaran por ofrecer este servicio.

Mediante el Public Readiness and Emergency Preparedness Act Federal, emitido durante la pandemia del coronavirus -y que continua vigente hasta por lo menos diciembre del 2024- se autorizó a los farmacéuticos a administrar las vacunas de COVID-19 e influenza a pacientes desde los tres años en adelante.

Como resultado, los farmacéuticos y técnicos de farmacia autorizados a ejercer en Puerto Rico son los proveedores número uno en vacunas de COVID-19, con más de 2 millones de vacunas administradas. Por tres años, justo en los momentos más críticos de la pandemia, el Departamento de Salud entendió que era válido que estos profesionales de la salud estuvieran en la primera fila de respuesta a la emergencia, resultando que Puerto Rico fue la jurisdicción con una de las tasas más altas de población vacunada.

Un mejor acceso a vacunas tiene ventajas tanto para nuestros niños como para la población en general. Como lo reflejó inicialmente la experiencia con el COVID-19, un mejor acceso es consistente con mayores tasas de vacunación. Esto beneficia a los menores de edad que se vacunan y a la población que entra en contacto con los niños, niñas y jóvenes. Además, hay que considerar el beneficio a los padres, madres y tutores, muchos de los cuales son trabajadores, quienes reducen la distancia de sus viajes y el tiempo de espera en la instalación que ofrece el servicio de vacunación.

Sin embargo, hasta el momento no ha sido posible enmendar la Ley de Farmacias para incorporar las experiencias exitosas de la vacunación antes y durante la pandemia. Si ha sido apropiado por años, mediante reglamentación tanto local como federal, que los farmacéuticos vacunen pacientes menores de 12 años, ¿por qué la reticencia a realizar este cambio permanente?

En Puerto Rico, las empresas en el sector de telecomunicaciones y de cable TV no solían competir. Hoy día esas empresas, además de ofrecer telefonía, también ofrecen servicios de internet con canales de películas. Mientras, las empresas de cable TV ofrecen servicios de internet y telefonía. El gran beneficiado es el consumidor.

De la misma manera, se debería modificar la Ley de Farmacias para que exista mayor competencia entre pediatras, centros de vacunación y las farmacias. Los principales beneficiados serán los niños de Puerto Rico y sus familias.